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Cual es la diferencia entre la condena a prision perpetua hace 25 años


Ayer, en una caída histórica, la Justicia argentina estableció penas de entre 18 y 25 años de prisión para represores de la última dictadura.

En algunos casos la resolución hizo diferencia entre la condena a prisión perpetua la condena expresamente a 25 años de prisión. ¿Cuál es la diferencia? Lo que las distingue principalmente es el tiempo de pena que debe cumplir el condenado para poder pretender acceder al beneficio de la libertad condicional.

Según lo que establece el artículo 13 del Código Penal, podrá obtener la libertad por resolución judicial «el condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido treinta y cinco años (modificación del CP en 2004) de condena, el condenado a reclusión temporal oa prisión por más de tres años que hubiere cumplido los dos tercios de su condena y el condenado a reclusión o prisión, por tres años o menos, que por lo menos hubiera cumplido un año de reclusión u ocho meses de prisión».

Es decir, quien fue condenado, por ejemplo, como ocurrió ayer, a 25 años de prisión, tiene la posibilidad de pedir la condicional para recuperar la libertada a los dos tercios de la pena, es decir, a los 16 años y medio. A cambio, quien recibió una condena a perpetua, deberá esperar hasta los 35 años.

De todos los modos el acceso a dicho beneficio depende de que cumpla los requisitos establecidos por el código, que son los siguientes:

  • Residir en el lugar que determine el auto de soltura;

  • Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la obligación de abstenerse de bebidas alcohólicas;

  • Adoptar en el plazo que el auto determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia;

  • No cometer nuevos delitos;

  • Sometherse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes.

El CP determina que estas condiciones que permiten mantener la libertad condicional una vez que se accede a ella, «regirán hasta el vencimiento de los términos de las penas temporales» y en el caso de las perpetuas, hasta cinco años, ya que 25 años es la pena máxima en Argentina.

Descalificación absoluta

Otro aspecto de los bloqueos en la causa ESMA es la imposición de «inhabilitación absoluta» además de la pena de prisión.

Esto implica, según el artículo 19 del CP:

  • La privación del empleo o cargo público que ejercía el penado aunque provenga de elección popular;

  • -La privación del derecho electoral;

  • -La incapacidad para obtener cargos, empleos y comisiones públicas;

  • – La suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, cuya importación se percibirá por los parientes que tengan derecho a pensión.

El artículo siguiente establece que el condenado a inhabilitación absoluta “puede ser restituido al uso y goce de los derechos y de que fue privado, si se ha comportado correctamente colgante la mitad de plazo de aquella, o colgante diez años cuando la pena fuera perpetua , y ha reparado los daños en la medida de lo posible”.

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