si el perro o el gato de un vecino causa molestias, el resto de propietarios pueden acogerse al artículo 7.2

Tener una mascota en casa implica una responsabilidad que debemos estar dispuestos a asumir. Una responsabilidad que implica darles a estos animales los mejores cuidados y cubrir todas sus necesidades, sin excepción. Si vives en una comunidad de vecinos tienes que tener en cuenta, además, cómo debemos actuar para no perjudicar al resto de propietarios.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que la Ley de Propiedad Horizontal, que es la norma española que regula la convivencia y la organización de los edificios o conjuntos donde varios propietarios comparten zonas comunes, no prohíbe que un propietario tenga en su vivienda privada un animal de compañía.

Eso sí, aunque la citada normativa no prohíba tener una mascota en casa, si pone ciertos límites genéricos que están especificados en el artículo 7.2 y que regulan la convivencia con estos animales. En dicho apartado de la ley de Propiedad Horizontal se expone que el propietario u ocupante de una vivienda no puede desarrollar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Esto incluye cualquier comportamiento que afecte a la convivencia en la comunidad, incluso el de una mascota.
Si el animal de compañía causa ruidos constantes, olores, suciedad en zonas comunes, daños o molestias, la comunidad podría acogerse al artículo 7.2 e intervenir exigiendo medidas al propietario de dicha mascota. En caso de que esto ocurra, el presidente puede requerir al propietario que cese la actividad y, si no hace caso, la comunidad puede iniciar acciones judiciales.

Si el caso se llevara ante un juez, el magistrado podría ordenar el cese de la actividad, imponer indemizaciones para los propietarios afectados y, en los casos más graves, incluso privar del uso de la vivienda temporalmente al causante de la infracción.
En conclusión el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal no prohíbe en ningún caso que un propietario u ocupante de la vivienda tenga un animal de compañía, pero sí permite actuar en caso de que estas mascotas generen problemas o molestias al resto de vecinos.









