Suspendida provisionalmente por dopaje la récord del mundo en maratón, Ruth Chepngetich

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Este jueves 17 de julio en Mónaco, la Unidad de Integridad del Atletismo (UIA) ha suspendido provisionalmente a la plusmarquista mundial de maratón, la alteta keniana Ruth Chepngetich. ¿El motivo? Por la presencia y el uso de hidroclorotiazida (HCTZ) en relación con una muestra que se le tomó el 14 de marzo de este año.
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La HCTZ es un diurético, utilizado clínicamente para tratar la retención de líquidos y la hipertensión. Según el Código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), es una sustancia prohibida y específica de clase S5 (Diuréticos y Agentes Enmascarantes), prohibida en todo momento, ya que se puede abusar de los diuréticos para enmascarar la presencia en la orina de otras sustancias prohibidas. Bajo los requisitos técnicos de la AMA para los laboratorios, la HCTZ tiene un nivel mínimo de notificación de 20 ng/mL en orina, lo que significa que los resultados por debajo de esta concentración se notifican como negativos.
Ruth Chepngetich, récord del mundo en maratón
Podría ser sancionada por dos años
Este mismo jueves se ha emitido una Notificación de Cargos contra Chepngetich en relación con la detección de una sustancia prohibida -HCTZ – tras una investigación sobre el positivo de la atleta keniana, que fue comunicado a la AIU el 3 de abril de este año, con una concentración estimada de 3800 ng/mL en orina. Unos cargos que, de certificarse y declararla culpable, alejarían a la keniana durante dos años de la competición de alto nivel, pero que no le harían perder su récord del mundo, conseguido en la maratón de Chicago 2022 (02:09:56h).
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Presentando una breve cronología de este caso, el jefe de la UIA, Brett Clothier, reveló que Chepngetich fue «notificada y entrevistada en persona por la AIU en Kenia el 16 de abril y cumplió con las peticiones relativas a nuestra investigación. Cuando hay un positivo por diuréticos y agentes enmascarantes, una suspensión provisional no es obligatoria según el Código Mundial Antidopaje. Por eso, Chepngetich no fue suspendida provisionalmente por la UIA en el momento de la notificación. Sin embargo, el 19 de abril, optó por una suspensión provisional voluntaria mientras la investigación de la UIA estaba en curso», explicó también Clothier.
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«En los meses intermedios, la AIU prosiguió su investigación y hoy (jueves, 17 de julio de 2025) ha emitido una Notificación de Acusación y ha impuesto su propia suspensión provisional», finaliza el jefe de la UIA. Clothier, además, recordó que Chepngetich tiene derecho a que su caso sea juzgado por un Tribunal Disciplinario y que la UIA no hará más comentarios hasta que se haya resuelto el asunto.
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¿Por qué la sanción de Chepngetich puede ser de 2 años?
Una sustancia prohibida y específica tiene una sanción estándar de 2 años de suspensión, sujeta a una posible reducción o aumento de acuerdo con las disposiciones del Código de la AMA. Por lo que la atleta keniana estaría suspendida hasta abril de 2027, y, en el espacio temporal respecto a competición, no podría participar en ninguna maratón elite significativa durante lo que resta de 2025 ni en toda la temporada formal de maratones en 2026. Esto incluye todos los World Marathon Majors y muchas otras carreras internacionales de prestigio.
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Pero lo cierto es que, este año 2025 Ruth Chepngetich no ha competido. Su única cita planificada era el Maratón de Londres 2025 el 27 de abril, del que finalmente se retiró antes de la salida, alegando que no estaba en condiciones física ni mental para dar lo mejor de sí. Y ya, los meses anteriores, había reconocido en público que su salud estaba frágil.
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Por lo tanto, hasta ahora en 2025, la atleta keniana no ha participado en ninguna competición oficial. Habrá que ver cómo se resuelve su estado de salud y la decisión final del Tribunal de la AIU para saber si la poseedora del récord del mundo en maratón podrá volver a competir pronto o no.
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