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La verdad de la dura sancin a Edwin Cardona por provocacin en partido contra Medelln

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En las ltimas semanas se jugaron 3 partidos entre Atltico Nacional e Independiente Medelln: por la fecha 18 de la Liga BetPlay 2-2024 y por las semifinales de la Copa BetPlay 2024. Y por lo ocurrido en el partido de Liga del pasado 11 de noviembre, hubo una dura sancin en contra de Edwin Cardona del equipo ‘verdolaga’ por supuestas provocaciones al pblico rival.

Hay que explicar que en ese partido hubo tambin actos similares del delantero Brayan Len Muiz, del ‘Poderoso’, en la celebracin del gol de su equipo, pero en el comunicado del Comit Disciplinario del Campeonato de la Dimayor no se registra el castigo para este jugador. Y aunque no se ha explicado por qu, se presume que las sanciones expuestas en la Resolucin 102 del 2024 solo se consignan los castigos para los clubes, jugadores, tcnicos e integrantes de equipos clasificados y que iniciarn los cuadrangulares el mircoles 20 de noviembre.

Pero mientras se confirma esta situacin, queda en el aire el debate de si el castigo es exagerado, justo o si hay algo ms detrs de este castigo que obliga a Edwin Cardona a pagar 2 fechas de sancin, ms una cantidad de dinero equivalente a 2 Salario Mnimos Mensuales legales Vigentes (SMMLV) que son 2 millones 600.000 pesos colombianos.

Qu se sabe de la sancin a Edwin Cardona por supuestas provocaciones en Nacional vs. Medelln?

La sancin no se da por oficio o por iniciativa de los integrantes del Comit Disciplinario, ya que en la resolucin citan que el encargado de reportar lo ocurrido fue el rbitro Carlos Ortega en el informe arbitral oficial. Fue llamativo que el juez central reportara que hubo lanzamiento de objetos desde la tribuna del Medelln sin impactar al jugador, que el capitn Jaime Alvarado intent calmar a sus aficionados y que la situacin se agrav porque Edwin Cardona se volte a besarse el escudo como un gesto de provocacin.

As lo inform Ortega y por eso se inici el proceso en el tribunal disciplinario de la Dimayor: «Al minuto 60 de juego, en la reanudacin de un saque de esquina a favor del club AT Nacional en la zona noroccidental, desde la tribuna lanzan objetos (botella de agua y monedas), sin llegar a impactar al jugador #8, Edwin Cardona, ante esto l mismo se rehsa en reanudar, en este instante llega el capitn del club Ind. Medelln #15, Jaime Alvarado, pidiendo la calma a la tribuna, antes de reanudar el jugador Edwin Cardona se besa el escudo mirando a la tribuna adversaria de manera provocativa».

Otro tema para resaltar es que la Resolucin 102 hace nfasis en que Edwin Cardona es el capitn de Atltico Nacional, lo que pone una responsabilidad mayor en sus comportamientos y por eso sera ms grave que lo hecho por Brayan Len Muiz. Es lo que se identifica en la sancin oficial y que despus es ampliado: «Sancionar al seor Edwin Andrs Cardona Bedoya, jugador y capitn del registro del Club Atltico Nacional S.A. («Nacional») con dos (2) fechas de suspensin y multa de dos (2) SMMLV equivalentes a dos millones seiscientos mil pesos ($2.600.000), por incurrir en la infraccin descrita en el numeral 1 del artculo 65 del CDU de la FCF, en el partido disputado por la 18 fecha de la Liga BetPlay Dimayor II 2024, entre el Club Atltico Nacional S.A. y El Equipo del Pueblo S.A.».

Aunque pueda parecer menor, las explicaciones y descargos de Atltico Nacional no habran sido las adecuadas y suficientes para rebajar el castigo o dar un contexto que pueda dar contexto correcto al comportamiento de su jugador. El club empez argumentando que no estn de acuerdo con las provocaciones, pero consideran que besar el escudo y otros gestos no son provocaciones: «Quisiramos dejar claro que luego de consultar la situacin en cuestin, el beso al escudo y de haber dialogado con el Jugador, no comprendemos cules son las bases o fundamentos que tuvo el rbitro del Partido para determinar que el Jugador haya incurrido en la infraccin de provocacin a la tribuna adversaria. Queremos dejar claro que no estamos de acuerdo en que los jugadores o dems personas involucradas provoquen a sus pares y a la hinchada en general mediante gestos o acciones».

Este fragmento de los descargos no va de la mano con el reglamento que es aprobado y aceptado por nacional para todos sus integrantes, as que estn criticando lo escrito y aplicado en otros casos. Lo realmente criticable es que el rbitro Carlos Ortega no sancion disciplinariamente a Edwin Cardona con tarjeta, pero el club ‘verdolaga’ se enfoc en explicar que el lanzamiento de objetos era una provocacin para la reaccin ‘inocente’ de su jugador.

«Observamos como, ni el rbitro ni el CDC consideraron que lanzar objetos (botellas de aguas y monedas) sea una infraccin de provocacin al Jugador en este caso, sino que simplemente se mencion que no impactaron al Jugador en ningn momento. Es decir, en primera medida lo que ocurri fue un lanzamiento de objetos en contra del Jugador, quien, ante una situacin de agresin contra l, decide inocentemente besar el escudo para expresar su amor por el equipo del cual hace parte desde sus divisiones menores. Pero nunca con la intencin de agredir o provocar al pblico. Lo ms curioso de este caso, es que el Jugador no fue amonestado o expulsado por el rbitro por esta situacin, lo cual evidencia la ausencia del incumplimiento de la normatividad disciplinaria», apunta Nacional al poner en duda el criterio del rbitro con la cada de objetos desde la tribuna y no haber sacado amarilla a su jugador, que hubiera sido la segunda y hubiera significado expulsin.

El argumento de Nacional es que besar el escudo no es provocacin y afirman en los descargos que lo hacen en otros momentos, sacando de contexto que fue a pocos metros de la ‘barra brava’ rival para atenuar el comportamiento, pero justamente el contexto es el que da la agravante y afirman que el Independiente Medelln no present queja, aunque esto no es necesario si el informe lo presenta el rbitro y/o el comisario de Dimayor en los reportes oficiales.

«Un beso al escudo de la camiseta es un gesto normal que hacen los jugadores durante el partido, ya sea por causa de un gol, por celebrar alguna accin de un compaero, para alentar, entro otros, y en este caso el Jugador no realiz ningn tipo de gesto a modo de provocacin hacia la tribuna. El estndar para determinar que hay una provocacin de un Jugador a la hinchada debe ser mucho ms alto, como ha ocurrido en anteriores ocasiones, pero en la situacin que nos ocupa, queda debidamente demostrado que no hubo ni celebracin excesiva ni gestos provocativos por parte del Jugador. La pregunta real sera, Para quin ira dirigido dicho supuesto gesto provocativo? Definitivamente, sera para el DIM. No obstante, dicho club no present denuncia o queja alguna al respecto», se lee en otro de los descargos del equipo de Edwin Cardona, aceptando que el gesto del volante solo podra ir dirigido para el rival.

Por todos esos argumentos, Atltico Nacional indic: «Consideramos que no existe una infraccin que deba ser sancionable, por lo que solicitamos respetuosamente el archivo de la presente investigacin».

Edwin Cardona, ante esto l mismo se rehsa en reanudar, en este instante llega el capitn del club Ind. Medelln #15, Jaime Alvarado, pidiendo la calma a la tribuna, antes de reanudar el jugador Edwin Cardona se besa el escudo mirando a la tribuna adversaria

Respuesta del Comit Disciplinario de Dimayor a Nacional y Edwin Cardona por la sancin

Como ya se dijo, pareciera que los argumentos de Atltico Nacional intentaron justificar y sacar de contexto el gesto de su capitn a los hinchas rivales, por eso la respuesta de los integrantes del Comit Disciplinario cit el fragmento del reglamento que aplicaron debido al informe del rbitro: «Artculo 65. Provocacin al pblico. 1) Toda persona que provoque al pblico durante un partido ser sancionada con una suspensin de dos (2) a cuatro (4) fechas y una multa de dos (2) a ocho (8) salarios mnimos mensuales legales vigentes al momento de la infraccin».

Adems, el documento aclara que no hubo una sola prueba que aportara Nacional para contradecir el reporte de Carlos Ortega y que todo lo explicado no se considera como argumento para atenuar el castigo: «Sobre lo expuesto en los descargos debe advertir el Comit que tales argumentos no son de recibo, y tampoco tienen vocacin para eximir de responsabilidad disciplinaria al seor Edwin Andrs Cardona Bedoya, considerando que en primer lugar, porque no se aport un elemento de prueba que permita desvirtuar la presuncin de veracidad de la que goza el informe del rbitro conforme lo dispone el artculo 159 del CDU de la FCF, pues este como primera autoridad disciplinaria en el campo de juego advirti sobre el acto de provocacin que se investiga».

Infortunadamente, para Nacional y para Cardona, haber indicado que el beso al escudo fue una respuesta a los objetos lanzados, da a entender que es una justificacin y no hubo ningn argumento jurdico o antecedente que pueda respaldar que no fue una provocacin. Y as lo aclaran desde el Comit Disciplinario: «(La situacin del lanzamiento de objetos) no puede ser entendida por el jugador investigado, ni por el club, como un hecho que justifique su actuar, para con ello materializar conductas disciplinarias como la que nos ocupa, porque si bien es cierto el Comit desde sus competencias revisar lo relativo a las dems presuntas infracciones disciplinarias ocurridas, las mismas no podrn ser interpretadas como una justificacin para con ello desconocer las disposiciones del CDU de la FCF».

Y algo que se explic en el inicio y que agrava el comportamiento de Edwin Cardona, es que l haya sido el capitn de Atltico Nacional en ese momento, lo que eleva su responsabilidad a ser el representante del club en el campo ante las autoridades y con responsabilidades superiores a las de otros jugadores. Esto no se tena en cuenta, pero tambin est escrito en el Cdigo Disciplinario nico (CDU) de la Federacin Colombiana de Ftbol (FCF).

As se indica en el documento publicado por Dimayor para informar las sanciones de cara al inicio de los cuadrangulares de la Liga BetPlay 2-2024: «En el presente caso, se verifica que el investigado se encuentra inscrito en la planilla como capitn, acorde con el literal f) del artculo 47 del CDU de la FCF, se contempla como circunstancia que agrava la responsabilidad disciplinaria, el ser dirigente, capitn o miembro del cuerpo tcnico o mdico».

Artculo 65. Provocacin al pblico. 1) Toda persona que provoque al pblico durante un partido ser sancionada con una suspensin de dos (2) a cuatro (4) fechas y una multa de dos (2) a ocho (8) salarios mnimos mensuales legales vigentes al momento de la infraccin

Se puede rebajar la sancin a Edwin Cardona por provocaciones en Nacional vs. Medelln?

Como se indic en la Resolucin 108, este castigo tiene la opcin de reposicin ante el mismo Comit Disciplinario del Campeonato y, si no hay un cambio en el castigo, est la instancia de apelacin en otra instancia. Pero tambin est la aplicacin del Artculo 42 del CDU que puede reducir a la mitad el castigo, en caso de que sea menor a 6 partidos o 6 meses y que no sea reincidente.

Entonces, la sancin de Cardona estara firme para los partidos de Nacional de las fechas 1 y 2 de los cuadrangulares de la Liga BetPlay 2-2024, que son contra Independiente Santa Fe y Deportivo Pasto. Pero la reduccin del castigo llevara a que solo se aplique en el juego contra los ‘santafereos’ del mircoles 20 de noviembre.

Se debe recordar que, aparte de que todo esto se basa en los reglamentos, documentos y cdigos aceptados por todos los clubs e integrantes del ftbol colombiano, el Comit Disciplinario del Campeonato de Ftbol Profesional no depende o es pagado por la Dimayor y tampoco los integrantes del mismo ente: Luis Antonio Hernndez Barbosa (presidente), Wilson Ruiz Orejuela (comisionado), Jorge Ivn Palacio (comisionado) y Geiler Fabin Suescn Prez (secretario). Y en el caso del rbitro Carlos Ortega, pertenece a la Comisin Arbitral de la Federacin Colombiana de Ftbol, que es la que presta los servicios con sus jueces a las competencias organizadas por Dimayor.

Por eso, los reclamos y recursos de Atltico Nacional no van hacia la Dimayor sino al Comit Disciplinario y, en caso de haber un reclamo con los jueces, debe ser para la Comisin Arbitral de la FCF.

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