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¿Me pueden obligar a llevar mascarilla en ascensores y zonas comunes de mi comunidad el 20 de abril?



El 20 de abril es la fecha que marca el final de la obligacion del uso de la mascarilla en espacios interiores. Él evolución favorable de la situación epidemiológicamarcado por un descenso de los contagios por COVID-19 y de la incidencia acumulada, ha permitido que el Congreso apruebe una moción para retirar suo obligatorio en interiores.

De esta manera, la norma será aprobada en el Consejo de Ministros para que entre en vigor entre el miércoles y el jueves 21 de abril, tras publicarse previamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En la gran mayoría de espacios, suo pasará de ser obligatorio a ser encomiable, mientras que hay excepciones en cuanto su retirada. De momento, seguirá siendo obligatoria en centros de salud, hospitales, farmacias, centros sociosanitarios allí en el transporte.

A diferencia de estos lugares, para otros espacios como la hostelería, el ocio nocturno, los cines y los gimnasios, sí hay una recomendación específica para su uso recomendable. La ministra de Sanidad, Carolina Darias, precisó que la personas vulnerables deben llevar la mascarilla en espacios interiores. «La excepción serán aquellos lugares donde haya personas vulnerables. Hay una recomendación del usuario responsabledonde se pueden producir aglomeraciones».

Las comunidades de vecinos también cuentan con una situación similar. El pasado año, cuando las mascarillas dejaron de ser obligatorias en junio, su uso todavía era obligatorio en las zonas comunes y en los ascensores. A diferencia de estas últimas semanas, en 2021 el número de contagios notificado y la incidencia era superior, debido a la variante Delta.

Uso de las mascarillas en comunidades de vecinos

El uso de mascarilla era hasta ahora obligatorio en la mayoria de espacios de las comunidades de propietarios. Su uso era imprescindible en las zonas comunes cerradas, como la salida y la entrada al portal, escaleras mecánicas, pasillos y vestíbulos, ascensor, y en los cuartos comunes, según lo recogido en el Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio.

Sin embargo, los intercambios que se han producido en el actual contexto epidemiológico han propiciado intercambios en algún uso de la mascarilla en la gran mayoría de los espacios interiores. El nuevo informa ‘Posicionamiento de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta sobre el uso de mascarillas en espacios interiores’especifica que sólo es obligatorio para trabajadores y visitantes en centros asistenciales, hospitales, centros de salud, personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación o en centros sociosanitarios.

De este modo, y siguiendo las pautas marcadas por el informe publicado por el Ministerio de Sanidad, la mascarilla dejaria de ser obligatoria en las comunidades de vecinosy suo pasaría a ser recomendable, al igual que sucede con otros establecimientos privados de uso público.

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